La Inspección de trabajo en su Instrucción 3/2016 establece una campaña para el control del tiempo trabajado y horas extraordinarias de los trabajadores a tiempo completo.
Hasta ahora estas inspecciones se venían realizando con aquellos trabajadores con contratos a tiempo parcial y a partir de la publicación de dicha instrucción afecta también a los trabajadores a tiempo completo.
Las empresas que pueden verse mas afectadas son aquellas que cuentan de 4 a 50 trabajadores y en todas las comunidades excepto Cataluña y País Vasco.
Entre la documentación que se nos puede requerir están los contratos de los trabajadores, modificaciones de jornadas con su preaviso y justificantes de control horario. Las multas van desde los 626€ (Sanción leve en grado mínimo) a 187.515€ (Sanción muy grave en grado máximo).
Hay varios métodos para realizar el control de presencia, entre ellos el mas conocido es el reloj de fichar pero si no cuentas con uno de ellos no es necesario que salgas corriendo a comprar uno, puedes llevar ese control tu mismo pero con unas condiciones:
- Debe ser por escrito.
- Debe firmarlo el trabajador a la entrada y a la salida diariamente.
- Si la jornada es partida deberán realizarse 4 firmas diarias a la entrada y la salida de la mañana y a la entrada y la salida de la tarde.
En Secretari@s 3e disponemos de modelos de hojas de control.
¿Tienes alguna duda? No te quedes con ella, preguntame lo que necesites y te responderé lo antes posible. Si te ha parecido interesante el artículo... dejame un comentario, una valoración o mejor aún, compártelo.
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