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jueves, 6 de octubre de 2016

UN PASEO POR LOS IMPUESTOS

Hoy se me ha ocurrido escribir este post al hablar con un cliente, en el transcurso de la conversación le he preguntado por el modelo 303 y él ha abierto muchos los ojos y ha puesto cara de decir : "¿Mande????  ¿Y eso que es lo que es????"

Es por lo que pensando en vosotros, mis queridos lectores, vamos a numerar los principales modelos de impuestos para que cuando habléis con vuestro asesor no pongáis cara de poker.

DECLARACION CENSAL

Modelo 036: Se utiliza para darse de alta, baja o comunicar algún cambio en hacienda.


DECLARACIONES TRIMESTRALES

Modelo 111 Retenciones de IRPF: De los rendimientos de trabajo y profesionales, se utiliza para comunicar las cantidades abonadas e ingresar las cantidades retenidas a los trabajadores y/o profesionales.

Modelo 115 Retenciones IRPF de Alquiler: Se utiliza para comunicar las cantidades pagadas por alquiler e ingresar las retenciones practicadas.

Modelo 303 Declaración de IVA: Se utiliza para declarar los ingresos obtenidos con el IVA que hemos repercutido o cobrado a nuestros clientes y las compras realizadas con el IVA soportado o pagado a nuestros proveedores.
Del IVA repercutido se resta el IVA soportado y la diferencia es lo que tendremos que pagar o nos tendrán que devolver o compensar.

Si eres autónomo y no facturas con retención tendrás que presenta el Modelo 130 que son los ingresos a cuenta del IRPF, donde tendrás que reflejar tanto los ingresos como los gastos que hayas tenido desde el día 1 de enero, así como las cantidades pagadas a cuenta.

DECLARACIONES ANUALES

Modelo 190: Si presentamos en algún trimestre el modelo 111 tendrás que hacer esta declaración anual.

Modelo 180: Tendrás que presentarlo si en algún trimestre presentaste le modelo 115.

Modelo 390: Se presenta siempre que hayas presentado en algún trimestre el modelo 303 aunque sea a 0.

Modelo 347: Hay que presentarlo si durante el ejercicio has tenido operaciones de compra o venta  por importes superiores a 3.005€



¿Tienes alguna duda? No te quedes con ella, preguntame lo que necesites y te responderé lo antes posible. Si te ha parecido interesante el artículo... dejame un comentario, una valoración o mejor aún, compartelo. https://www.facebook.com/secretarias3e/ Gracias.

jueves, 8 de septiembre de 2016

Secretari@s 3e - CONOCENOS

Hay veces que las cosas surgen y no sabemos muy bien ni como ni porqué, simplemente un día están ahí. Podría decir que Secretari@s 3e nació así, casi de la nada y un buen día ..... ahí está, la verdad es que va surgiendo como un complemento a los servicios de asesoría que venía prestando ya que con la coyuntura económica que estamos viviendo cada vez son mas las Pymes y los autónomos que se plantean subcontratar servicios administrativos para poder ofrecer ellos mismos un servicio de calidad a sus clientes.

Si formas parte de esos grupos, Secretari@s 3e puede ayudarte, ya que ofrecemos un amplio abanico de servicios y posibilidades de combinarlos entre ellos para poder ajustarlo a lo que realmente necesitas.

Somos especialistas en:
  • Elaboración de presupuestos y facturas: de esa forma puedes ganar en eficiencia y entregarlos en tiempo y forma, lo que hará que seas más competitivo.
  • Cotejar y revisar facturas recibidas con albaranes o pedidos recibidos, lo que puede evitar tener que pagar conceptos mal facturados o anulados.
  • Confirmar citas y reuniones: para que no pierdas el tiempo con citas inexistentes que se anulan en el último momento.
  • Escanear y ordenar documentación para poder tener acceso a la misma desde cualquier lugar o dispositivo.
  • Elaboración de informes.
  • Cartas, recursos y demás documentos.
  • Realizar gestiones presenciales de entrega de documentos, solicitud de información, etc...
  • Podemos colaborar con tu asesoría entregándole la documentación que nos solicite o si lo necesitas, podemos asesorarte en materia laboral, fiscal y contable ofreciéndote los mejores precios y servicios de las asesorías con las que colaboramos.
Todos nuestros servicios son personalizados, manteniendo reuniones periódicas bien presenciales bien on-line para mantener una comunicación continua y fluida.

Nos adaptamos a lo que realmente necesitas no teniendo que pagar por tiempos muertos o servicios que no se utilizan.


Llámanos y pregunta, te damos precio sin ningún compromiso.



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jueves, 24 de mayo de 2012

¿SABES LO QUE ES UN RECIBO

¿Sabes lo que es un recibo?

Un recibo es un documento mediante el cual la persona que lo elabora y lo da reconoce haber recibido una cantidad de dinero de la persona que lo acepta.

No existe un modelo oficial, por lo que cada empresa debe elaborar los suyos.

Los recibos, generalmente, van en talonarios, aunque también puede hacerse en cualquier papel y en cualquier formato. Los recibos que van en talonario constan de dos partes:

  1. El recibo propiamente dicho, que se entrega a la persona como justificante del pago que ha realizado.
  2. La matriz, es la parte que queda en el talonario y contiene los datos esenciales del recibo: número, nombre del pagador, cantidad y motivo del pago.

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jueves, 17 de mayo de 2012

Documentos relacionados con el cobro y el pago

Una vez que hemos emitido la factura y entregado los artículos o servicios al comprador... sólo nos queda cobrarla.

El cobro de dicha factura se realizará de la forma acordada con el comprador y es recomendable hacer mención de ello en la factura. Puede ser de las siguientes formas:

  • Contado: Se realiza en el momento de efectuarse a entrega de la mercancía, o en un corto plazo de tiempo (máximo unos 7 días). Tiene la ventaja para el vendedor de que puede disponer del dinero en un breve espacio de tiempo y tiene también la ventaja para el comprador de que puede obtener descuentos por pronto pago.

  • Pago Aplazado: Es cuando se realiza una vez efectuada la entrega. También se ha establecido previamente el pacto entre el comprador y el vendedor. La ventaja para el comprador es que no necesita liquidez (disponer de efectivo) en ese momento. Los pagos con vencimiento inferior a 6 meses no llevan recargos ni intereses. Los documentos que se utilizan son:

    • Letra de Cambio
    • Cheque - Pagaré
    • Recibo
Estos tres documentos (Letra de cambio, Cheque y pagaré) foerman parte de la categoría jurídica denominada título valor, puesto que incorpora al documento un derecho autónomo tan profundamente que no se puede entender el uno sin el otro y que se caracterizan por su transmisibilidad, su literalidad y autonomía.


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